Decálogo de los Derechos de los Niños Mexicanos.
Una necesidad reflexiva que promueve una visión integran de los Derechos del Niño
Formulado por la pedagoga Carolina Baur Arenas en el año de 1951.
- El niño tiene derecho a proceder de padres sanos, libres de taras y herencias nefastas, para que sea un hombre fuerte, física, mental y socialmente.
- El niño tiene derecho a ser protegido desde el claustro materno, por la familia, la sociadad y el estado. Debe nacer de acuerdo con los principios eugenésicos indispensables. Tiene derecho al alimento materno hasta que este capacitado biológicamente para el cambio del mismo.
- El niño tiene derecho a un nombre legal, cualquiera que sea su condición legal.
- El niño tiene derecho a convivir en un hogar organizado; en un ambiente que responda a sus necesidades fisicas y espirituales, para el mejor desenvolvimiento y desarrollo de su ser.
- El niño tiene derecho a ser juzgado, tratado y protegido como niño, de acuerdo con su naturaleza específica.
- El niño tiene derecho a padres y maestros capaces y comprensivos, que actúen dentro de las normas educativas modernas; y tiene derecho a una literatura y espectáculos que lo dignifiquen.
- El niño tiene derecho a escuelas higiénicas, con aire, luz, espacio y mobiliario adecuado, situadas en zonas salubres y apartadas de los centros de vicio.
- El niño tiene derecho a un estudio vocacional, de acuerdo con sus aptitudes y capacidades para educarlo adecuadamente al mejor desempeño de su misión social.
- El niño con capacidades especiales, mental, física o socialmente, tiene derecho a que se le rehabilite con métodos modernos de educación, a fin de incorporarlo a la sociedad.
- El niño tiene derecho a un código de protección que formule leyes de acuerdo con las necesidades de la época, que recopile la dispersa legislación al respecto, para que de un modo claro y preciso se determine la protección que le corresponde.